Por zairi ·
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Desde cuándo se cuentan los 15 años
El artículo 13 de la Ley 20.584 establece una conservación mínima de quince años. El artículo 11 del Decreto 41 precisa que el plazo comienza con el último ingreso de información. La responsabilidad corresponde al prestador de salud. Cambiar de software no pone fin a esa custodia.
Cada atención mantiene su contexto
La ficha de zairi reúne identificación del paciente, antecedentes, evoluciones, tratamientos y documentos. Las atenciones cerradas conservan su contenido y las aclaraciones se incorporan mediante adendas con autor y fecha. El historial de versiones ayuda a revisar cómo evolucionó el registro, sin tener que buscar entre documentos separados.
Guardar y recuperar son dos pruebas distintas
El Decreto 41 exige medidas de respaldo, recuperación y control de acceso. En la implementación, acuerda la retención de la base de datos y de los archivos, el destino de las copias y las pruebas de restauración. El historial de una ficha no reemplaza esos respaldos. Tampoco basta con que el panel funcione hoy para acreditar una custodia de quince años.
La ficha puede acompañar al paciente
La Ley 21.668 refuerza la interoperabilidad y la continuidad de la atención. zairi permite generar una copia estructurada con los antecedentes registrados y señala los anexos que requieren recuperación adicional. Esa exportación facilita la entrega y la migración; no equivale por sí sola a una integración FHIR certificada ni a una conexión automática con otros prestadores.
Si cambias de sistema, la historia sigue siendo tu responsabilidad
Antes de una migración, inventaría fichas y anexos, exporta una muestra y comprueba que puedas abrirla. Define quién conservará el archivo histórico y cómo se atenderán futuras solicitudes. zairi aporta trazabilidad y exportación para ese proceso; la clínica debe acordar y verificar la continuidad de su custodia, también al terminar el servicio.
Una ficha que resiste una revisión
Prueba con un paciente de ensayo: abre su historia, identifica al autor de una evolución, revisa una adenda y genera una copia con sus anexos. Deja constancia de la prueba de restauración y repítela periódicamente. El objetivo es sencillo: que la información siga disponible y sea comprensible cuando se necesite. La política de conservación y eliminación debe revisarse con el responsable jurídico de la clínica.